Condiciones de reserva

PRIMERA. – Que IBIZA RURAL VILLAS, empresa de servicios inmobiliarios, representada por PUNIA-LAKSMI BLESSING, SL CIF:B16528275 formaliza el presente contrato de arrendamiento en nombre y representación de la parte arrendadora.

SEGUNDA. – El precio del arrendamiento es el indicado anteriormente y se fija en atención al número de plazas, características y equipamiento del inmueble arrendado.

La formalización de reserva es para el número de plazas indicado en los antecedentes, para un número de plazas por inmueble superior al de camas de que se halle equipado, y siempre que las características del inmueble y la normativa aplicable al caso lo permita, supondrán el cobro de un suplemento por cada cama extra.

TERCERA- FORMALIZACIÓN DE RESERVAS: IBIZA RURAL VILLAS remitirá correo electrónico a los interesados en formalizar arrendamiento sobre la propiedad que oferta, un ejemplar de contrato de arrendamiento, acompañado de las condiciones generales. Desde ese momento el interesado dispone del plazo de entre 3 a 5 días máximo* (dependiendo de las fechas reservadas y/o las condiciones estipuladas por cada casa) para proceder a confirmar su reserva por el siguiente sistema remitiendo por correo electrónico a IBIZA RURAL VILLAS la siguiente documentación:

  1. a) Justificante, expresivo de la fecha y entidad bancaria, acreditativo del ingreso en la cuenta corriente de IBIZA RURAL VILLAS del 50% del importe total de la reserva a formalizar.
  2. b) Contrato de arrendamiento firmado
  3. c) Copia de DNI / pasaporte

Formalizada la reserva, IBIZA RURAL VILLAS procederá a su confirmación mediante CORREO ELECTRÓNICO, momento en que la reserva se considera en firme y le serán de aplicación en su caso las prevenciones de la condición 15 en materia de gastos de cancelación.

(*) Excepto para las reservas de última hora (tendrán dicha consideración las realizadas con menos de DOS SEMANAS de antelación) en las que el plazo de confirmación de la reserva lo será de DOS DÍAS.

CUARTA. – OCUPACIÓN MÁXIMA El arrendatario se compromete en todo momento a respetar el número máximo de ocupantes con que se efectuó la reserva, por lo que, en ningún caso aumentará su número estipulado.

Cuando la normativa permita mayor ocupación de la pactada, podrá aumentarse el número con el consentimiento expreso de la propiedad y abonando un extra que se cobrará de la fianza.

Caso de que no se permitiera mayor ocupación, su incumplimiento por el inquilino dará lugar a la resolución del contrato, pérdida de la fianza y evacuación de la vivienda.

QUINTA. – FIANZA: El inquilino es responsable de todo daño o pérdida que se produzca en la propiedad y su contenido durante su ocupación, así como, del pago de los daños causados, que será deducido de la fianza

El arrendatario dispone de un plazo de 48 HORAS desde la entrada, para cerciorarse del buen estado del inmueble arrendado y poner en conocimiento de IBIZA RURAL la existencia de cualquier desperfecto o daño en la casa ajeno a él.

La Fianza será devuelta por Ibiza Rural Villas en el plazo de 72 horas, una vez que se haya inspeccionado la propiedad y verificado que todo ha quedado en correctas condiciones según se entregó la casa al arrendatario.

En todo caso podrán ser descontados de la fianza los siguientes cargos:

.- La pérdida de las llaves de la vivienda, supondrá un cargo de 150 euros.

.- La salida de la vivienda después de las 10:00 horas, supondrá un cargo de 200 euros.

.- Y si, a la finalización del arrendamiento, se dejará basura en la vivienda, supondrá un cargo de 100 euros.

 

SEXTA- HORARIOS DE ENTRADA Y SALIDA: El arrendamiento comprenderá desde las 16:00 horas del día de inicio hasta las 10:00 horas del último día de estancia, en que deberá reintegrarse las llaves a IBIZA RURAL VILLAS. Para optimizar el servicio resulta imprescindible la cumplimentación de las horas y sistemas de llegada contenida en el formulario.

(*) Para las llegadas después de las 20Hrs habrá un suplemento de €50.- a pagar a la llegada en efectivo.

SÉPTIMA. – Ibiza Rural Villas y la propiedad de la vivienda quedan exentos cualquier responsabilidad por lesiones, muerte y demás daños y perjuicios, que pudieran sufrir los ocupantes de la vivienda alquilada, cuando éstos sean debidos a su propia negligencia o mal uso de la vivienda, caso fortuito o fuerza mayor.

Ibiza rural villas y la propiedad, no se hacen responsable de la rotura de equipos mecánicos y/o falta de servicios públicos como el agua – incluida la que provenga de pozo de agua que alimente la vivienda-, la electricidad y el gas, cuando esto ocurra por causas ajenas a la propiedad. El propietario e Ibiza Rural Villas, no se hacen responsables de las molestias que ello pudiera originar más allá de nuestro control.

OCTAVA. – DAÑOS Y REPARACIONES. El propietario se compromete a solucionar cualquier rotura, desperfecto y/o reparar, reponer cualquier electrodoméstico en mal funcionamiento o estropeado, así mismo solucionar cualquier problema relacionado con el agua y la electricidad.

El propietario asumirá el pago de la compensación económica que pudiera derivarse, en su caso, a favor del inquilino, por la falta de suministros esenciales en la vivienda o reposición de alguno de los servicios ofertados e incluidos dentro del alquiler

NOVENA. – Los niños deben estar acompañados y supervisados en todo momento siempre por un adulto, especialmente en la piscina y sus alrededores

DÉCIMA. – Ibiza Rural Villas y el propietario recomiendan al arrendatario suscribir un seguro de viaje para protegerles a ellos y a sus objetos de valor. Ibiza Rural Villas y el propietario no asumen ninguna responsabilidad por los objetos de valor del arrendatario/cliente. Estos deben tener cuidado de proteger todos sus objetos de valor, ya que el seguro de la propiedad no protege los objetos de valor, tampoco los que se encuentren en la caja fuerte de la propiedad en caso de que la haya.

DÉCIMO PRIMERA- Las mascotas no están permitidas en la propiedad arrendada sin un permiso por escrito del propietario.

DÉCIMO SEGUNDA – El propietario se reserva el derecho a realizar modificaciones en algunas especificaciones de la propiedad en cuanto a mobiliario, accesorios, o instalaciones, por lo que las diferencias que puedan existir en las fotografías/ilustraciones/textos utilizados no entrañarán responsabilidad.

DÉCIMO TERCERA- Está terminantemente prohibido realizar en la vivienda acontecimientos sociales y/o eventos tales como bodas, recepciones, cócteles, fiestas grandes que puedan causar molestias a los vecinos, sin consentimiento previo del propietario. En ningún caso se podrá usar la casa para fiestas o eventos con fines comerciales.

Se requiere permiso para cualquier evento al que asistan un número de personas que duplique o más, el número de personas alojadas en la propiedad de alquiler.

El permiso para la celebración del evento conllevará un cargo adicional que se determinará en su momento.

La vulneración de esta cláusula será considerada como incumplimiento de contrato y puede conducir a la pérdida de la Fianza y a la salida inmediata de la propiedad alquilada sin compensación alguna.

Las leyes españolas prohíben la música o cualquier otro ruido o sonido después de las 24hrs, incluso durante el día sí esta supera el límite de decibelios establecido. El inquilino responderá y será de su cargo el abono de eventuales multas y/o sanciones que las autoridades pudieran imponer como consecuencia de la infracción de la normativa relativa a ruidos y molestias.

DÉCIMO CUARTA. – OTROS GASTOS: Los gastos originados por el arrendatario como consecuencia del suministro de agua y electricidad se entenderán incluidos en el precio, salvo indicación en contrario. No así los de calefacción, teléfono u otros. La inclusión de cualesquiera otros servicios en el precio, se pactarán previamente.

DÉCIMO QUINTA. – ANULACIONES: El inquilino podrá rescindir el contrato de arrendamiento, pero ello conllevará gastos de cancelación que deberá hacer efectivo a IBIZA RURAL VILLAS.

Los gastos de cancelación se aplicarán sobre el importe total del arrendamiento concertado y se cuantificarán con arreglo a lo siguiente:

      A). – Si la cancelación se produce con una antelación de cuatro semanas o menos al inicio del arrendamiento, los gastos de cancelación serán del 100% del importe de la reserva.

B). – Si la cancelación se produce con una antelación de seis semanas o menos al inicio del arrendamiento, los gastos de cancelación serán del 50% del importe de la reserva.

C).- Si la cancelación se produce con una antelación de ocho semanas o menos al inicio del arrendamiento, los gastos de cancelación serán del 25% del importe de la reserva

D).- Cancelación sin gastos (excepto los gastos administrativos), con una antelación más de ocho semanas y una notificación por escrito vía Email.

No obstante, lo anterior, una vez confirmada la cancelación de una reserva, con la finalidad de no tener que cobrar los gastos de cancelación, la arrendadora intentará asignar la propiedad a otra reserva con el mismo período de alquiler o parte del mismo si no fuera posible todo. Y si nada de ello fuera posible, se devengarán los gastos de cancelación con arreglo a lo expuesto más arriba.

E). – Independientemente de lo anterior, cualquier cancelación conllevará un cargo de 200 euros por gastos administrativos.

DÉCIMO SEXTA- INCUMPLIMIENTO Y ABANDONO: Para el supuesto de reclamación por parte de la propiedad al inquilino, IBIZA RURAL VILLAS le facilitará los datos precisos de éste para que pueda formular la correspondiente reclamación.

Iniciado el arrendamiento, el abandono o renuncia del inmueble arrendado por parte del cliente y sin justa causa justificada determina la extinción de todo derecho de reembolso.

DÉCIMO SÉPTIMA- ALTERACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA RESERVA: En el caso de que la vivienda objeto del contrato no pudiera ofrecerse por causa de fuerza mayor o causas ajenas a la voluntad de la propiedad, el inquilino podrá elegir entre la resolución del contrato con devolución del 100% de la reserva o, la reubicación en otra vivienda análoga en características y ubicación a la ofertada.

En este caso, si la sustitución de la vivienda por otra análoga conllevara un sobrecoste, éste será asumido por el inquilino.

DÉCIMO OCTAVA. – –RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. – Los conflictos o cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes, acuerdan someterse, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, a la Jurisdicción de los Tribunales de Ibiza.